Resolución de 30 de mayo de 2022 (BOE 24 de junio de 2022). Descargar
En caso de baja provisional de una sociedad en el Índice de Entidades de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se impone un cierre registral prácticamente total del que tan solo quedaba excluida la certificación de alta en dicho Índice. Por tanto, no cabe aplicar las excepciones legalmente previstas al cierre por falta de depósito de cuentas al cierre por baja en el Índice Fiscal por tratarse de situaciones distintas.