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El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 8 de mayo de 2017 (BOE 29 de mayo de 2017). Descargar Resolución.

La única cuestión a debate en este expediente reside en determinar si el documento -modelo oficial- presentado en el Registro de Bienes Muebles a fin de cancelar una reserva de dominio y prohibición de disponer, que grava un vehículo inscrito y que viene suscrito por representantes del titular registral, debe venir o no acompañado de legitimación notarial o de diligencia de conocimiento de firmas de los que lo suscriben.
La DGRN limita la exigencia de legitimación de las firmas de los contratantes a los supuestos de compraventa no financiera de bienes muebles y a los supuestos de cancelación de titularidades inscritas de reservas de dominio y prohibición de disponer.

 

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