Resolución de 25 de julio de 2019 (BOE 4 de octubre de 2019). Descargar
Se suspende la inscripción de un convenio regulador de los efectos derivados de la regulación de la patria potestad de hijos no matrimoniales de una pareja de hecho inscrita en el registro administrativo correspondiente y en el que, además, se incluye la extinción de condominio de unos inmuebles. La Dirección General desestima el recurso y confirma la nota de calificación de la registradora porque no cabe la equiparación con el artículo 90 CC, de tal forma que el convenio regulador únicamente puede contener normas relativas a la regulación de la guardia y custodia de los hijos, exigiendo para la extinción de condominio escritura pública para acceder al Registro de la Propiedad.