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Resolución de 13 de abril de 2021 (BOE 5 de mayo de 2021). Descargar

Es inadmisible el defecto advertido por el registrador mercantil, al considerar contradictorios los artículos 6 y 8 de los estatutos, debe revocarse dicho defecto, ya que en la escritura se han limitado a reproducir literalmente el modelo de estatutos-tipo, aprobado por el Real Decreto 421/2015, y no incluir dichos artículos ningún campo de los denominados como variables.

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