Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 7 de febrero de 2023 (BOE 3 de marzo de 2023). Descargar

Se discute la intervención de todos los herederos en una partición de herencia sujeta al Derecho Civil gallego. Los testamentos otorgados por los causantes cuya herencia se acepta parcialmente y en la que se incluye el bien que se adjudica la compareciente pueden encuadrarse dentro de aquellos testamentos que contienen las que se denominan “normas particionales” impuestas en este caso por los testadores y que han de observarse en la partición que realicen los herederos siendo necesaria la concurrencia de la totalidad de los mismos y su unanimidad al tratarse esta partición de las reguladas en el artículo 1057 del Código Civil en línea con el artículo 159 de la Ley de Derecho Civil de Galicia de 24 de mayo de 1995. Como señaló entre otras la Resolución de 16 de enero de 2014 se distinguen los testamentos con normas particionales de la verdadera partición testamentaria que supone la adquisición ipso iure una vez muerto el testador de los bienes adjudicados a cada heredero siendo directamente inscribible, mientras que la norma particional vincula a los herederos al partir adjudicando al heredero o herederos de que se trate los bienes a que la disposición testamentaria se refiere. Es esto lo que sucede en el presente supuesto en el cual una sola de las herederas (en el remanente respecto del padre y en cuanto a bienes concretos adjudicados respecto de la madre) se adjudica unilateralmente previa aceptación parcial de herencia un bien que en el testamento le es atribuido por ambos causantes quienes, no obstante, instituyen herederos en el remanente de sus bienes, uno, a sus dos hermanas, otro a su nieta.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo