Resolución de 28 de enero de 2021 (BOE 12 de febrero de 2021). Descargar
En relación a un acta de terminación de obra nueva y una posterior escritura de ampliación de obra nueva por antigüedad con varios defectos detectados en la calificación, destaca la interpretación que en la resolución del recurso establece la Dirección General. En el poder, indebidamente testimoniado por el notario autorizante en el acta, se incluían facultades para efectuar una ampliación de obra nueva y la compraventa, pero no la declaración de obra nueva. El Centro Directivo prima, ante una interpretación estricta de la representación, la buena fe de los terceros, que confían en la representación, así como la intención y voluntad del otorgante del poder cuando lo concedió, de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de enero 2000.