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Resoluciones de 18 de Enero y 28 de Abril de 2.008 (más de 20 en total) 

Confirmando la noticia que avanzaba esta misma Revista en su pasado número 17º, la D.G.R.N. sanciona la actitud rebelde y desafiante del Registrador de la Propiedad número 19 de Madrid en sede de calificación del juicio notarial de suficiencia de poder, ya comentada en numerosas ocasiones en estas mismas páginas, como FALTA GRAVE, con multa de 24.000 € (en la Resolución de 18 de Enero) y de 12.000 € ( en cada una de las 20 Resoluciones del 28 de Abril), además de suspensión de los derechos reglamentarios de ausencia, licencia o traslación voluntaria por un período de 2 años y la postergación de 100 puestos en el escalafón, y llevando aneja la privación de la aptitud para ser elegido para los órganos de gobierno del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. Además, se añade, en todas las citadas Resoluciones, otra sanción por falta leve, al haber notificado por fax la calificación negativa, de 3.000€. 
Destacan las Resoluciones la gravedad de la conducta -incumplimiento reiterado de las directrices marcadas por la Dirección General- y la actuación plenamente consciente, premeditada y reiterativa que ha tenido el funcionario calificador, expresando en sus calificaciones su rechazo a aplicar la doctrina fijada, con indudable perjuicio para los otorgantes de las escrituras que han sido calificadas negativamente de manera injusta, en contra de lo reiteradamente señalado por el Centro Directivo.

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