Resolución de 21 de Junio de 2.012. (B.O.E. de 26 de Julio de 2.012). Descargar Resolución.
Se reitera la doctrina de que las aportaciones no dinerarias exigen que se determinen de modo determinado y concreto las participaciones que se adjudican a los aportantes, para que, en el caso de que su realidad y valoración no fueran ciertas, se pueda exigir responsabilidades que afecten a las concretas participaciones correspondientes.