Resolución de 17 de junio de 2021 (BOE 7 de julio de 2021). Descargar
Se deniega la expedición de certificación de cargas en procedimiento de ejecución directa sobre bienes hipotecados al estimar la registradora que el Juzgado que solicita la expedición es incompetente, si bien, con anterioridad, la Audiencia Provincial correspondiente había admitido la competencia del mismo. La Dirección General estima el recurso y revoca la nota de calificación, ya que no procede la calificación registral por las cuestiones a que se refiere el artículo 100 del Reglamento Hipotecario cuando existe al respecto un pronunciamiento judicial expreso y firme ya que, lo contrario, supondría una lesión del principio de tutela judicial efectiva.