Resolución de 21 de abril de 2023 (BOE 8 de mayo de 2023). Descargar
Se pretende la inscripción de una representación gráfica en virtud del expediente previsto en el artículo 199 LH, solicitada en una instancia privada. Tras el escrito de oposición formulado por la heredera de los titulares colindantes, el registrador deniega la inscripción.
La Dirección General estima el recurso y revoca la nota de calificación, pues el registrador ha limitado su calificación únicamente en la oposición que ha formulado un colindante, sin que haya motivado adecuadamente su nota de calificación y sin que el recurrente pueda conocer los concretos motivos que han determinado su calificación negativa.