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Resolución de 5 de Marzo de 2.014 (B.O.E. de 4 de Abril de 2.014). Descargar Resolución.

La Dirección General sostiene, ante la presentación de un recurso de queja por falta de una calificación global y unitaria, que es posible detectar un nuevo defecto en el título ya calificado, aunque sea extemporáneamente, en aras al principio de legalidad, por los  fuertes efectos que el sistema registral atribuye a las inscripciones y con la finalidad de preservar la seguridad del tráfico y del crédito inmobiliario.

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