Resolución de 14 de abril de 2.010 (B.O.E. de 24 de Mayo de 2.010). Descargar Resolución.
Se deniega la inscripción de una escritura otorgada el 22 de octubre de 1.985 por la que se segrega de una finca rústica una parcela de terreno y se vende a continuación, argumentando que es necesaria Licencia y como fundamentos de derecho se cita una Resolución de la Dirección General de 22 de Abril de 1.985.
La Dirección General revoca la calificación al no fundamentar el Registrador debidamente la misma y, por lo tanto, privar al presentante de alegar los fundamentos de Derecho en los que apoye su tesis impugnatoria, a la vista ya de todos los hechos y razonamientos aducidos por el Registrador que pudieran ser relevantes para la resolución del recurso.