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Resolución de 11 de abril de 2018 (BOE 25 de abril de 2018). Descargar Resolución.

En el presente caso, el notario autorizante de la escritura de compraventa cuya inscripción se denegaba, interpuso el presente recurso; y, a la vista del mismo, la registradora en su informe manifestó que no es necesaria la previa inscripción de la obra nueva; pero solo, si se hubiera solicitado la inscripción parcial, habría inscrito la transmisión de la finca con la descripción que de la misma consta en los asientos del Registro. Así, el órgano calificador, admite los argumentos alegados por el recurrente, y cambia en su informe el defecto por otro no expresado en la nota de calificación, sin tener presente que el recurso debe recaer exclusivamente sobre las cuestiones relacionadas con la propia calificación ex 326 de la Ley Hipotecaria.

 

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