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Resolución de 17 de octubre de 2024 (BOE 21 de noviembre de 2024). Descargar

No puede tomarse en el Registro Mercantil anotación de la solicitud del socio minoritario de requerir la presencia de notario para que levante acta de la junta general (art. 203 LSC) si no se acredita la notificación en forma de su requerimiento a los administradores, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan.

 

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