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Resolución de 11 de octubre de 2022 (BOE 11 de noviembre de 2022). Descargar

Así resulta del principio de legalidad y de la consiguiente tutela judicial efectiva de los asientos ya practicados; sin que pueda dejarse sin efecto una inmatriculación ya concluida por la mera presentación de una instancia suscrita por la Junta Vecinal Rectora de Montes Vecinales en Mano Común, alegando (meses después de la inmatriculación ya concluida) la invasión de un monte vecinal en mano común.
El leiv motif de todo recurso contra calificaciones registrales se limita a verificar si tal calificación es o no ajustada a Derecho y nunca cualquier otra pretensión de la parte recurrente, como la de rectificar asientos ya practicados o resolver respecto de expedientes de doble inmatriculación no iniciados.

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