Resolución de 19 de Enero de 2.015 (B.O.E. de 24 de Febrero de 2.015). Descargar Resolución.
La validez o no del título y la procedencia de las inscripciones ya efectuadas, son cuestiones reservadas a los Tribunales (Artículo 1 de la Ley Hipotecaria), no susceptibles de inclusión en los recursos contra calificaciones registrales.