Resolución de 21 de abril de 2017 (BOE 12 de mayo de 2017). Descargar Resolución.
Pendiente de calificación una escritura de compraventa, se pretende por medio diligencia de ordenación dictada en ejecución de sentencia firme (que no estaba anotada preventivamente), dejar en suspenso la anotación de compraventa causada por el título presentado, en contravención del artículo 18.2 de la Ley Hipotecaria relativo al orden de despacho de los títulos presentados: siendo así, cuando se inscriba la finca a favor del comprador, en virtud de título presentado con anterioridad, lo será a favor de una persona distinta de la demandada.