Resolución de 2 de noviembre de 2021 (BOE 25 de noviembre de 2021). Descargar
No procede la anotación preventiva de embargo sobre los derechos hereditarios que pudieran corresponder al ejecutado, si estando inscritos a nombre del causante, no se acreditan los títulos sucesorios que acreditan la condición de heredero de los bienes embargados.