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Resolución de 23 de octubre de 2025 (BOE 23 de febrero de 2026). Descargar

La presente resolución tiene por objeto una escritura de compraventa en ejercicio de un derecho de opción, existiendo mandamientos y anotaciones de prohibiciones de disponer.
Después de un interesante repaso sobre la doctrinas sobre las prohibiciones de disponer por razón de su origen, voluntarias y civiles y administrativas y penales, y su distinta incidencia en cuanto al principio de prioridad registral, el Centro Directivo desestima el recurso porque la compraventa se formaliza (con advertencia del notario) con posterioridad no solo a los mandamientos, sino también a las anotaciones, sin que pueda retrotraerse a la inscripción de la opción, que se hizo el mismo día que una de las prohibiciones.

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