Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 21 de Febrero de 2.012. (B.O.E. de 16 de Marzo de 2.012). Descargar Resolución.

Aparece constituida una anotación preventiva de embargo sobre un usufructo vitalicio que, antes de la muerte de la usufructuaria, se vende a la nuda propietaria. Se pretende cancelar la anotación posteriormente al fallecimiento de la usufructuaria, lo que es rechazado por el Registrador al entender que se debe proteger al anotante, pero la Dirección General revoca la calificación porque el usufructo se extingue por una causa ajena a la voluntad de la usufructuaria, su muerte.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo