Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 3 de octubre de 2017 (BOE 30 de octubre de 2017). Descargar Resolución.

Ejercitada una condición resolutoria se solicita la cancelación por parte del retrayente de las anotaciones preventivas de embargo posteriores a dicha condición, reiterando la Dirección General su doctrina sobre la materia consistente en que el ejercicio de la facultad de purga de asientos posteriores procedente de la condición resolutoria exige, bien que se hubiera anotado con anterioridad la demanda de su ejecución en el Registro, bien la intervención de los titulares de los indicados asientos en el procedimiento de resolución correspondiente para evitar su indefensión.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo