Resoluciones de 12 y 17 de Marzo de 2.008. (B.O.E. de 7 y 3 de Abril de 2.008). Descargar Resolución. Descargar Resolución.
Se presenta en el Registro mandamiento para la práctica de una anotación de demanda consistente en una reclamación de cantidad. Se deniega por el Registrador, esta anotación de demanda, pues, aunque se estimara la misma, ni se afectaría ningún derecho inscrito, ni se motivaría una modificación jurídico-real de la finca. En su caso procedería únicamente una anotación de embargo o, en su caso, de prohibición de enajenar.