Resolución de 24 de mayo de 2019 (BOE 24 de junio de 2019). Descargar
Para levantar el cierre registral impuesto por el artículo 254 LH y para el caso concreto del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de no residentes es suficiente, en el presente caso, el recibo de presentación del modelo 650 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en el Registro de la Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Denia, acompañado de un certificado de autoliquidaciones emitido por la Agencia Tributaria, Delegación de Alicante.