Resolución de 7 noviembre 2018 (BOE 29 de noviembre de 2018). Descargar
En el presente expediente debe decidirse si es inscribible la siguiente cláusula: “Se prohíbe a los socios constituir derecho real de prenda sobre las participaciones sociales”. La Registradora entiende que supone una limitación del principio de libertad de disposición del socio sobre sus participaciones sociales y que esta cláusula infringe el artículo 108.3 de la Ley de Sociedades de Capital. La Dirección General estima el recurso de conformidad con resoluciones anteriores.