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Resolución de 30 Junio de 2.014. (B.O.E. de 29 de Julio de 2.014). Descargar Resolución.

La Dirección General, evitando un excesivo rigor formal, señala que si los acuerdos declarados nulos están perfectamente determinados y no dan lugar a confusión, deben cancelarse los asientos que traigan causa de ellos, aplicando un principio finalista y evitando un excesivo rigor formal.

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