Resolución de 1 de Julio de 2.011 (B.O.E. de 11 de Agosto de 2.011). Descargar Resolución.
Se pretende la inscripción de una sentencia firme que ordena inscripción en contra de los demandados quienes, por sus apellidos, parecen ser los hijos de los titulares registrales.
La Registradora, sin entrar en el fondo del proceso, sí requiere los documentos que acrediten que los demandados son los únicos sucesores de los titulares registrales, posición confirmada por el Centro Directivo, apelando al principio de interdicción de la indefensión procesal.