Resolución de 15 de Diciembre de 2.010. (B.O.E. 27 de Enero de 2.011). Descargar Resolución.
Se presenta en el Registro mandamiento judicial en el que, como consecuencia de la ejecución de una Sentencia, cuyo testimonio no se acompaña, se ordena inscribir que una persona adquirió la propiedad de un elemento de una propiedad horizontal, que dicho elemento tiene mayor superficie que la inscrita, y que fue objeto de división.
La D.G.R.N. desestima el recurso señalando que el mandamiento no es título formal en el sentido recogido por el artículo 3 de la Ley Hipotecaria, pues no contiene por sí mismo el título material del artículo 2 susceptible de modificar el contenido del Registro.