Resolución de 2 de Octubre de 2.014 (B.O.E. de 30 de Octubre de 2.014). Descargar Resolución.
Ante la duda de si una sociedad que presenta para su depósito las cuentas correspondientes al ejercicio 2.013, cerrado el día 31 de Diciembre, puede o no formular balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados, duda motivada porque la Ley 14/2.013, de 27 de Septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, con entrada en vigor el 29 de Septiembre de 2.013, dio nueva redacción al artículo 257 de la Ley de Sociedades de Capital, la Dirección General considera que es aplicable la vigente a la fecha de cierre del ejercicio 2.013 que establece los límites aplicables a los datos relativos a la fecha de cierre de ese ejercicio y al anterior para determinar si la sociedad puede acogerse, como ocurre, al beneficio de formular las cuentas de modo abreviado, al contrario de la lo dispuesto en la Resolución de 1 de junio de 2.011.