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Resolución de 27 de febrero de 2019 (BOE 26 de marzo de 2019). Descargar

Una vez abierta la fase de liquidación, la ejecución no podrá sustanciarse por la vía ordinaria de ejecución hipotecaria, dado que la apertura de la fase de liquidación produce la pérdida del derecho a iniciar la ejecución o la realización forzosa de la garantía sobre bienes y derechos de la masa activa por aquellos acreedores que no hubieran ejercitado estas acciones antes de la declaración de concurso.

 

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