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Resolución de 29 de julio de 2022 (BOE 9 de agosto de 2022). Descargar

En una escritura de venta que es el punto final de un procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca las sociedades vendedoras tienen el CIF revocado, por lo que no es posible su acceso, como señala la registradora, y es confirmado por la Dirección General, aunque se alegue por los recurrentes que es un acto obligado y debido, lo que no es compartido por el Centro Directivo, al considerar que la escritura final es un acto voluntario.

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