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Resolución de 25 de mayo de 2023 (BOE 22 de junio de 2023). Descargar

Se requiere la oportuna autorización militar para la adquisición realizada por el comprador de nacionalidad británica, al estar situada la finca en una población fronteriza (A Guarda). Así se dispone en la Orden de Servicio comunicada de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa 1/2021, en la que se dictan instrucciones para la racionalización de la autorización para adquisición de inmuebles por extranjeros no comunitarios y sin que notarios ni registradores pueden juzgar la pertinencia de la expresión, “población fronteriza”, en relación al término municipal de que se trate.

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