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Resolución de 23 de enero de 2024 (BOE de 8 de marzo de 2024). Descargar

Debe acreditarse obligatoriamente la notificación de la compraventa a la Administración Pública (Ayuntamiento de Elche y Generalitat Valenciana), todo ello sobre la base de los artículos 25 Ley de Montes y 40 Ley Forestal de la Comunidad Valenciana y de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Gerona, Sala segunda, de 25 septiembre 2007, en la que se señala que el objeto de la norma (art. 25.2 Ley de Montes) son las “fincas o montes” enclavados en un monte público o colindantes con él, de manera que una finca calificada de rústica de labor no ha de quedar excluida del ámbito del retracto.

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