Resolución de 11 de Julio de 2.012. (B.O.E. de 28 de Septiembre de 2.012). Descargar Resolución.
Se presenta a inscripción escritura de elevación a público de compraventa de finca legada, interviniendo como compradores la legataria del mismo y uno de los herederos del comprador causante, pero falta otro. Después se presenta escritura de manifestación y adjudicación hereditaria otorgada por la otra heredera, quien declara que el legado ha quedado sin efecto por ser el bien "donado" propiedad de la legataria. De tal manifestación se deduce la ratificación de la primera escritura, cuya esencia era que el bien legado estuviera en posesión de la interviniente legataria en la elevación a público de dicho contrato.