Resolución de 12 de Noviembre de 2.009 (B.O.E. de 8 de Enero de 2.009). Descargar Resolución.
Se confirma la doctrina de la Dirección General, ya expuesta anteriormente, entre otras, en Resolución de 9 de julio de 2009, comentada en el número 28º de esta misma Revista, ya que la legislación relativa a los medios de pago se extiende a los realizados anteriormente o en el mismo acto de otorgamiento, pero no los futuros.