Resolución de 9 de julio de 2018 (BOE 24 de julio de 2018). Descargar
Tratándose de una enajenación de bienes inmuebles del tutelado realizada por el tutor, debe el registrador comprobar que el acto se ajusta a los términos de la preceptiva autorización judicial. En el caso, se cumplían los requisitos exigidos por la autorización judicial.