Resolución de 29 de Noviembre de 2.007 (B.O.E. de 19 de Diciembre de 2.007. Descargar Resolución.
Se pretende inscribir una hipoteca sobre una vivienda unifamiliar que tiene registralmente vinculada ob rem una participación indivisa de otra finca, y así se describe en el título, cuando en el otorgamiento de la escritura se expresa como objeto hipotecado «la finca descrita en expositivo primero de la escritura». Obviamente se revoca la nota de calificación, al considerar que los elementos vinculados son titularidades ob rem, y no pueden seguir un régimen jurídico distinto que el elemento principal al que están adscritos, por lo que la hipoteca de la vivienda unifamiliar conlleva la de la participación indivisa que le está vinculada, máxime cuando elemento principal y vinculado aparecen descritos expresamente.