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Resolución de 18 de septiembre de 2024 (BOE 6 de noviembre de 2024). Descargar

No será posible la cancelación de la hipoteca en tanto conste extendida la nota marginal cuya cancelación deberá ser ordenada por la autoridad judicial. No resulta aplicable en este supuesto la cancelación por caducidad de la misma a que alude el recurrente porque parte de una premisa errónea al confundir el asiento de nota marginal con el de anotación preventiva.

 

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