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Resolución de 16 de diciembre de 2025 (BOE 7 de febrero de 2025). Descargar

Frente a la manifestación del cesionario, la registradora como indicios para apreciar la habitualidad alega la cuantía de la operación (95.000 euros); el objeto social de la cesionaria (“la promoción inmobiliaria”) y el hecho de que el crédito que ha sido parcialmente cedido afecta a 40 fincas registrales, pero señala la Dirección General que no es suficiente la alegación de meros indicios o sospechas para incardinar la cesión realizada en las prescripciones imperativas de la Ley 2/2009.

 

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