Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Dos Resoluciones de 19 de octubre de 2016 (BOE 11 de noviembre de 2016). Descargar Resolución. Descargar Resolución.

Se pretende inscribir una hipoteca constituida en escritura de 8 de abril de 2016 y con unos intereses de demora superiores en dos puntos a los ordinarios. El registrador lo impide apelando, entre otras, a la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de junio de 2016.
La Dirección General confirma la nota de calificación, apelando, entre otras, a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de enero de 2015 y la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de abril de 2015 para los préstamos personales. Y es que, señala, si el carácter abusivo de los intereses moratorios puede ser invocado por los prestatarios, sobre la base del contenido de la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de junio de 2016, no sólo respecto de los préstamos o créditos autorizados con posterioridad a su fecha o a la de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” u otra medio oficial, sino también respecto de préstamos o créditos anteriores a tales fechas; igualmente podrá ser calificado por el registrador de la propiedad cuando el título que las contenga, cualquiera que sea su fecha, se presenta para su inscripción. Y es que la cuestión, específicamente en materia de abusividad, no radica en si las sentencias del Tribunal Supremo tienen o no eficacia retroactiva en sentido propio, sino que lo que hacen es interpretar normas vigentes cuyo sentido fijan, de tal manera que ese pasa a ser el significado que les corresponde desde que se promulgaron. El principio de irretroactividad opera respecto de las leyes y la jurisprudencia pero no respecto de la doctrina que las interpreta (Resolución de 21 de marzo de 2013), la cual puede tener en consideración la realidad social del tiempo en que aquellas deben ser aplicadas (art. 3 CC).

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo