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Dos Resoluciones de 18 de octubre de 2017 (BOE 11 de noviembre de 2017). Descargar Resolución. Descargar Resolución.

Se plantea la inscripción de un decreto de adjudicación dictado en un procedimiento de ejecución hipotecaria seguido frente a la herencia yacente y los desconocidos herederos del titular registral de la finca adjudicada. El Registrador rechaza la inscripción por cuanto no procede dirigir la demanda contra herederos desconocidos del titular registral, pues se requiere que el Juez adopte las disposiciones procedentes relativas a la seguridad y administración de la herencia yacente, designando un administrador que la represente y respecto al cual sustanciar el procedimiento,
La Dirección General estima el recurso y recuerda su doctrina sobre demandas interpuestas contra la herencia yacente. Entiende el Centro Directivo que el nombramiento de un defensor judicial de la herencia yacente no debe convertirse en un trámite excesivamente gravoso debiendo limitarse a los casos en que el llamamiento a los herederos desconocidos sea puramente genérico y no haya ningún interesado en la herencia que se haya personado en el procedimiento. Por ello, ha de entenderse que, en este caso, no existe indefensión, al haberse notificado al menos a una de las posibles herederas del titular registral.

 

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