Resolución de 28 de Enero de 2014 (B.O.E. de 19 de Febrero de 2.014). Descargar Resolución.
No hay una asignación formal y expresa de uso individualizado de una parte del inmueble, pero se vislumbran indicios reveladores de posible parcelación urbanística ilegal, exigiéndose el control administrativo a través de licencia o declaración de innecesariedad, lo cual es conforme con la disposición adicional segunda de la Ley valenciana de Suelo No Urbanizable, aplicable al supuesto de hecho; en el cual, en la certificación catastral incorporada a la escritura, se atribuye a la cuota vendida una referencia catastral propia, se la identifica como urbana con uso de almacén-estacionamiento y se la considera integrada en una parcela con varios inmuebles.