Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 15 de Abril de 2.013 (B.O.E. de 17 de Mayo de 2013). Descargar Resolución.

Cierto es que el concepto de parcelación trasciende hoy a la mera división material como demuestra el artículo 66 de la Ley de Ordenación andaluza; sin embargo, el supuesto debatido debe quedar fuera de su ámbito de aplicación. Al no atribuir a titulares distintos el uso de partes de terreno diversas, no hay riesgo de creación de núcleo de población en suelo rústico.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo