Resolución de 10 de enero de 2018 (BOE 26 de enero de 2018). Descargar Resolución.
Se deniega la conversión en definitiva de la cuota provisional de gastos de urbanización sobre varias fincas. El título se presentó unos días antes de que finalizara el plazo de siete años de caducidad de la afección, pero la calificación tiene lugar una vez caducada. Y aun cuando se considere como fecha de la inscripción, para todos los efectos que ésta deba producir, la fecha del asiento de presentación, tales efectos en caso expuesto no entrañan modificación del plazo de caducidad de la afección registrada. La constancia de la elevación a definitiva de la cuenta provisional de liquidación no conlleva, ni la extensión de una nueva afección, ni la prórroga de la existente, ni la conversión en afección indefinida (al contrario, la fecha de la conversión puede servir incluso para acortar el plazo de vigencia de la afección, la cual, a partir de ese momento, tendrá una duración de dos años, cualquiera que fuese el plazo ya transcurrido y siempre con el tope de los siete años).