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Resolución de 10 de julio 2018 (BOE 24 de julio de 2018). Descargar

Se debate la inscripción de la rectificación de un proyecto de compensación urbanístico, en cuanto a la cabida de la finca aportada, por reflejar una superficie inferior a la real, así como por haber incluido la totalidad de la finca de origen, estimando que una parte de dicha finca no debió incluirse por encontrarse fuera del perímetro de la unidad de ejecución. La escritura de rectificación fue otorgada por el representante de la entidad mercantil promotora del proyecto de compensación y que era titular registral de la finca de origen. En el momento de la presentación en el Registro de la escritura de rectificación el proyecto de compensación consta inscrito en el Registro, cancelado el folio de la finca origen y las fincas de resultado inscritas a favor de personas distintas de la citada mercantil aportante de la finca de origen. La Dirección General deniega el acceso registral de la modificación pretendida, por referirse a una finca que jurídica y registralmente ha quedado extinguida y sustituida por las correlativas fincas de resultado, así como la falta del consentimiento de los titulares registrales afectados o bien de una resolución judicial supletoria.

 

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