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Resolución de 28 de febrero de 2024 (BOE 20 de marzo de 2024). Descargar

Se solicita la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, previamente a la inscripción de una declaración de obra nueva.
La registradora considera que adaptar la cabida registral a la existente en Catastro y que es la real, podría impedir la inscripción posterior de unas hipotéticas segregaciones a las que alude, pero de las que no aporta títulos ni detalla, señalando la Dirección General que aporta “simples conjeturas o advertencias respecto de futuribles e hipotéticas nuevas segregaciones”. Otra nueva muestra de la arbitrariedad que preside el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.

 

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