Resolución de 13 de marzo de 2024 (BOE 11 de abril de 2024). Descargar
La Dirección General entiende que el título calificado debe clarificar la ubicación de la finca resto no descrita, aunque sus segregaciones se practicaran antes de entrar en vigor la Ley 13/2015. El registrador podrá iniciar la tramitación de un expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, que debe entenderse solicitado tácitamente por la aportación de los dos archivos GML, sin que sea necesaria declaración expresa en tal sentido.