Resolución de 30 de mayo de 2024 (BOE 5 de julio de 2024). Descargar
La registradora suspende el inicio del procedimiento regulado en el artículo 199 LH por haberse tramitado con anterioridad otro expediente que tenía por objeto la misma representación gráfica catastral cuya constancia registral se pretende; y se confirma esta calificación porque puede el registrador titular actual negarse a tramitar un nuevo expediente si la documentación ahora aportada es la misma que se aportó en su día.