Resolución de 14 de julio de 2021 (BOE 29 de julio de 2021). Descargar
No es inscribible una sentencia que declara la adquisición de dominio por usucapión por indefensión y falta de cumplimiento de tracto sucesivo. En el procedimiento judicial no fueron parte los titulares registrales; se dirigió contra las herencias yacentes de aquéllos y sin nombramiento de administrador judicial que hubiera sido preciso como tutela de los intereses de dichas herencias. Asimismo, del testimonio no resulta que haya existido emplazamiento de todos los interesados para la celebración de la audiencia previa, ni que se haya producido la designación de herederos respecto de alguno de los titulares registrales, tampoco que se han efectuado numerosos intentos y oficios para identificar a los herederos de las herencias yacentes sin resultado satisfactorio y la forma en que finalmente se hayan realizado de forma que se cumplan los requisitos de notificación antes expuestos.