Resolución de 26 de julio de 2017 (BOE 14 de agosto de 2017). Descargar Resolución.
Se presenta una homologación judicial de una transacción de la que resulta una extinción de comunidad de bienes existente entre los cónyuges con ocasión de un divorcio. En la calificación se exige escritura pública, pero la Dirección General estima el recurso, ya que al amparo del artículo 437 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los cónyuges habían decidido acumular la acción de división de la cosa común al proceso matrimonial de divorcio.