Resolución de 14 de Marzo de 2.013 (B.O.E. de 15 de Abril de 2.013). Descargar Resolución.
No puede practicarse una anotación preventiva de demanda ordenada como medida cautelar por un juzgado distinto al que está conociendo del concurso, constando del Registro de la Propiedad la situación concursal.